La nueva Ley de Evaluación Ambiental multiplica por diez las sanciones mínimas
LO QUE DEBE SABER
Ley 21/2013 de 9 de diciembre de Evaluación Ambiental (en lo que afecta a la derogación de los artículos 76.1 y 76.2 de la Ley 42/2007).
¿Qué dice? El incumplimiento de las obligaciones y prohibiciones establecidas en las normas reguladoras y en los instrumentos de gestión, incluidos los planes, de los espacios naturales protegidos y espacios protegidos Red Natura 2000 se considerarán infracciones graves.
Las multas. De 5.001 a 200.000 euros si la infracción es grave y de 200.001 euros a 2.000.000 si es muy grave (cuando los daños ocasionados superen los 100.000 euros).
Los agentes medioambientales comienzan a informar sobre los ‘multazos’ por infringir las normas en los espacios protegidos
Medio Ambiente quiere acabar con campistas ilegales, aparcamientos incontrolados y motos campo a través
Apunte: 5.001 euros por acampar sin permiso, por abandonar basura, por circular en vehículos de motor fuera de las vías autorizadas, por aparcar en un lugar distinto de las zonas habilitadas y por montar en bicicleta campo a través, entre otras prácticas que infrinjan las normas reguladoras de los espacios naturales protegidos. La letra pequeña de la nueva Ley de Evaluación Ambiental –aprobada en diciembre pasado por el Gobierno central– incluye que la cuantía de las sanciones mínimas en casos tipificados como graves se multiplica por 10 –de 500 a 5.001 euros–, un cambio más que sustancial que la Dirección General de Medio Ambiente ha comenzado a comunicar a los usuarios a pie de monte a través de los agentes medioambientales, según informan a ‘La Verdad’ fuentes de este departamento.
Saltarse la normativa va a salir muy caro a partir de ahora –hasta dos millones de euros–, lo que ha obligado a la Comunidad Autónoma a hacer un esfuerzo informativo precisamente cuando el buen tiempo invita a disfrutar de las actividades aire libre y los espacios naturales se llenan de deportistas y paseantes. El objetivo es transmitir la nueva situación cuanto antes y al mayor número de personas posible. Y es que las nuevas multas suponen un considerable roto en el bolsillo. Por este motivo, se ha dado instrucciones a los agentes medioambientales para que informen a los visitantes acerca de la nueva normativa estatal, que las comunidades autónomas están obligadas a aplicar en sus respectivos territorios.
La máxima de que ‘desconocer la ley no exime de su cumplimiento’ puede suponer una sorpresa de lo más desagradable que la Dirección General de Medio Ambiente quiere evitar con una campaña que consiste en la comunicación directa, la colocación de carteles y el reparto de folletos informativos en los puntos de atención a visitantes.
La Comunidad Autónoma ha puesto el foco en tres malas prácticas detectadas en los espacios protegidos porque considera que pueden dañar sus valores naturales: las acampadas sin autorización, los vehículos mal aparcados –una lacra que afecta principalmente a El Valle y Sierra Espuña– y el deporte campo a través –que incluye las actividades con vehículos de motor–.
En este sentido, los agentes medioambientales están tratando de acabar con la circulación de motos por lugares no autorizados, como sendas, ramblas y en general cualquier lugar que no sea un camino público, donde además la velocidad máxima es de 30 kilómetros por hora. En uno de estos controles se denunció el pasado fin de semana a seis motoristas que fueron interceptados en un cauce del Coto de los Cuadros (Murcia), una zona forestal con gran presencia de motos de enduro y de quads. El Coto de los Cuadros es un monte público, no un espacio protegido, aunque en él rigen las mismas limitaciones para los vehículos de motor, con distinto régimen sancionador.
En este mismo control se informó a varios ciclistas de montaña acerca del aumento de las sanciones, y se les recordó que está prohibido montar fuera de caminos o sendas tradicionales. Con respecto a las bicicletas –y al margen de la limitación de uso de varias sendas concretas en Sierra Espuña y El Valle-Carrascoy–, el criterio de la Dirección General de Medio Ambiente es el siguiente: no está permitido circular fuera de pistas –pero sí en ramblas– ni abrir nuevos senderos específicamente para bicicletas. Es decir, se actuará contra quienes degraden el medio físico habilitando nuevas zonas de paso.
(Publicado en 'La Verdad' el 10 de abril de 2014)
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